Hace dos años se prohibió pero empresas continúan llamando a los consumidores ASPEC PIDE AL INDECOPI QUE INICIE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

En este momento estás viendo Hace dos años se prohibió pero empresas continúan llamando a los consumidores ASPEC PIDE AL INDECOPI QUE INICIE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

Hace dos años se publicó el Decreto Legislativo N° 1390 que modificó la Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor y prohibió las prácticas comerciales que emplean llamadas telefónicas o envío de mensajes masivos para ofrecer productos y servicios sin autorización del consumidor.

Supuestamente las empresas ya no pueden realizar llamadas ni enviar mensajes de texto para ofertar productos o servicios a los consumidores a menos que estos hubieran brindado su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco.

Sin embargo, esta medida que buscaba proteger a la población contra los métodos comerciales agresivos o engañosos que atentan contra la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo continúa siendo violada cada día por las empresas. Así lo reveló la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC).
ASPEC informó que, en estos dos años, los reclamos por publicidad invasiva no sólo se han mantenido sino que se han incrementado. Las cifras más altas se vienen alcanzando durante el estado de emergencia sanitaria debido a que un elevado porcentaje de consumidores permanece en casa y no puede ser alcanzado por la publicidad en puntos de venta. Por ello, como todos tienen los teléfonos a mano, las empresas han optado por contratar los servicios de call centers y de mensajería instantánea.
En tal sentido, ASPEC recomienda a los consumidores cuya privacidad continúe siendo vulnerada lo siguiente:
• Recuerde que, apenas se inicia la llamada, se le debe pedir permiso al consumidor para comunicarle la oferta. Si no se procede así, la empresa está violando la ley;
• La comunicación infractora puede ser reportada al 224-7777 (Lima) o al 0800-4-4040 (provincias). También se puede escribir a: sacreclamo@indecopi.gob.pe, adjuntando el pantallazo con el número de la llamada que queda registrado en el teléfono;
• Si dio su consentimiento para recibir llamadas o mensajes de proveedores, esta decisión puede ser revocada en cualquier momento, no es permanente, conforme a la normativa que rige la protección de datos personales; y
• El consumidor tiene el derecho a reclamar aunque no esté seguro de haber autorizado dichas prácticas. El funcionario que recibe el reclamo lo trasladará al proveedor, el que tendrá que probar de forma simple que contaba con el consentimiento previo del cliente.
Finalmente, ASPEC exhortó al INDECOPI para que realice una fiscalización más intensa en relación a este tipo de reclamos y lo instó a que, de oficio, inicie procedimientos sancionadores. “Debido a la pandemia, las personas ya están demasiado angustiadas y ansiosas e incluso han perdido sus empleos. No es justo que algunas empresas añadan una carga adicional a sus espaldas”, sentenció Crisólogo Cáceres, Presidente de ASPEC”. 

Deja una respuesta