La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) pidió a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que disponga la eliminación de la comisión por membresía.
Según lo dispuesto por el numeral 1 del art. 6° de la Resolución SBS Nº 3274-2017 que aprueba el Reglamento de gestión de conducta de mercado del sistema financiero, las comisiones son cargos por servicios adicionales y/o complementarios a las operaciones contratadas por los usuarios, que hayan sido efectivamente prestados por las empresas.
En el caso de la comisión por membresía no existe un “servicio adicional y/o complementario efectivamente prestado” por las entidades financieras en favor de todos y cada uno de sus millones de usuarios. Por tanto, al no cumplirse con el requisito básico establecido en la citada norma, la mencionada comisión carece de sustento legal y, por ende, no puede ser cobrada.
Distinto es el caso de comisiones que sí implican la prestación de un servicio como, por ejemplo, el envío físico de estado de cuenta, el descuento automático por planilla, la operación en ventanilla, la reposición de tarjeta, la conversión de moneda, etc.
El pago de la comisión por membresía constituye una nueva carga para las alicaídas economías de los consumidores que se suma a la acumulación de los intereses derivados de la reprogramación y de la refinanciación de deuda. Este cobro agrava aún más su situación financiera en medio de la emergencia sanitaria.
En adición a lo anterior, hay entidades financieras que exoneran del pago de la comisión por membresía a los usuarios que utilicen la tarjeta de crédito, por lo menos una vez al mes. Empero, debido a la inmovilización social, muchos usuarios no han podido hacer uso de ella y, por tanto, también deberán abonarla. En consecuencia, hasta en eso, la cuarentena acabó siendo beneficiosa para la banca.
Debido a las consideraciones legales y de hecho expuestas, ASPEC espera un pronunciamiento de la SBS en el más breve término.